¿Qué es la prisión permanente revisable?

La versión española de la cadena perpetua volvió a salir a debate popular tras el asesinato de Diana Quer. Ese caso reavivó el debate en los medios de comunicación sobre la derogación o no de la pena. Los padres de la joven junto con las familias de otras menores asesinadas como Mari Luz o Marta del Castillo recogieron firmas para mantener la aplicación de esta ley y que se endurezcan las penas para los asesinos de casos como el de su hija. 

El 30 de septiembre de 2019 Ana Julia Quezada fue la primera mujer condenada a prisión permanente revisable por el asesinato del Gabriel Cruz. La Audiencia Provincial de Almería lanzaba la sentencia por asesinato con agravante de parentesco. Ana Julia Quezada pasará 25 años en prisión hasta la primera revisión de su condena.

¿Qué es la prisión permanente revisable?

La prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad. Contempla una condena por tiempo indefinido aunque se revisa a los 25-35 años (dependiendo del delito) para comprobar si el reo está reinsertado. El Código Penal actualmente contempla esta pena para delitos especialmente graves, concretamente en ocho casos.

  • Cuando la víctima es menor de 16 años o especialmente vulnerable por enfermedad o discapacidad
  • Cuando el asesinato tenga lugar después de un delito contra la libertad sexual del autor a la víctima.
  • Cuando el autor del asesinato pertenezca a una organización criminal
  • Cuando se trata de asesinato múltiple
  • En asesinatos perpetrados por terroristas
  • En asesinatos contra el Rey o herederos
  • En asesinatos contra jefes de Estado extranjeros
  • En caso de genocidios de lesa humanidad.

La prisión permanente revisable se ha aplicado cuatro veces desde su aprobación en 2015. El primer condenado fue David Oubel, el parricida de Moraña. La Audiencia Provincial de Pontevedra le impuso la condena después de que el jurado popular le declarase culpable de matar a sus dos hijas de 9 y 4 años con una sierra radial eléctrica.

Los detractores de esta pena sostienen que atenta contra la dignidad de la persona y vulnera los derechos recogidos en la Constitución Española. El artículo 25.2 de la Constitución establece que las penas privativas deben estar orientadas a la reinserción y quienes defienden la derogación de esta pena sostienen que debería invertirse más recursos en medidas reeducativas. Además opinan que esta pena genera desesperanza para el preso, lo que se traduce en peor comportamiento en prisión e inseguridad en las cárceles.

Los que se encuentran a favor de esta medida sostienen que es necesario una pena adecuada para delitos especialmente graves que asegure un cumplimiento efectivo ya que solo se llega al cumplimiento efectivo de 40 años cuando se superan los 25 años de condena. Creen que la medida evitará que estos criminales reincidan en sus delitos. Por otro lado sostienen que no es una pena perpetua por lo que no vulnera la Constitución sino que se establece un periodo para la evaluación de la condena que determine si el preso está rehabilitado y arrepentido.

¿Y tú? ¿Estás de acuerdo con que se aplique la prisión permanente revisable? Estamos en el mes de los desaparecidos y en Crimen e Investigación hacemos especial hincapié en este tipo de delitos y en los métodos para llegar a la verdad.  Elizabeth Smart fue secuestrada cuando tenía 14 años y durante nueve meses de cautiverio sufrió todo tipo de abusos. Ahora es una mujer que lucha por la seguridad infantil y un ejemplo de superación. Si quieres conocer su historia no te lo pierdas los JUEVES a las 23:30h en tu canal favorito.